La liquidación se considera un beneficio laboral y se produce al concluir un contrato de trabajo. Aprende cómo debes llevar a cabo el cálculo, ya sea que te encuentres en la posición de empleado o empleador.
Según lo estipulado en el Código Sustantivo del Trabajo, un contrato laboral puede finalizar por diversas razones, algunas de las cuales se incluyen en el proceso de liquidación, como:
1. Por acuerdo mutuo entre las partes involucradas.
2. Al llegar a la fecha de vencimiento del plazo fijo previamente acordado.
3. Cuando se completa la obra o el servicio para el cual se contrató al trabajador.
4. En caso de liquidación o cierre definitivo de la empresa o establecimiento.
5. Si el empleador suspende sus actividades por un período superior a ciento veinte (120) días.
6. Cuando existe una sentencia firme que así lo establece.
7. Cuando, al desaparecer las causas de suspensión del contrato, el trabajador no regresa a su empleo.
Aun en situaciones en las que el contrato termina sin una causa justificada, el empleado conserva el derecho a recibir su finiquito, el cual engloba prestaciones sociales y derechos laborales como la prima de servicios, cesantías, intereses sobre las cesantías, vacaciones e indemnizaciones, si son aplicables. Es esencial que el trabajador verifique que su empleador haya efectuado los aportes correspondientes a la seguridad social, que incluyen pensiones, salud y riesgos laborales.
Según lo estipulado en el Código Sustantivo del Trabajo, un contrato laboral puede finalizar por diversas razones, algunas de las cuales se incluyen en el proceso de liquidación, como:
1. Por acuerdo mutuo entre las partes involucradas.
2. Al llegar a la fecha de vencimiento del plazo fijo previamente acordado.
3. Cuando se completa la obra o el servicio para el cual se contrató al trabajador.
4. En caso de liquidación o cierre definitivo de la empresa o establecimiento.
5. Si el empleador suspende sus actividades por un período superior a ciento veinte (120) días.
6. Cuando existe una sentencia firme que así lo establece.
7. Cuando, al desaparecer las causas de suspensión del contrato, el trabajador no regresa a su empleo.
Aun en situaciones en las que el contrato termina sin una causa justificada, el empleado conserva el derecho a recibir su finiquito, el cual engloba prestaciones sociales y derechos laborales como la prima de servicios, cesantías, intereses sobre las cesantías, vacaciones e indemnizaciones, si son aplicables. Es esencial que el trabajador verifique que su empleador haya efectuado los aportes correspondientes a la seguridad social, que incluyen pensiones, salud y riesgos laborales.



